Permiso de conducir: responsabilidad del empleador
Según la normativa vigente, el empleador está obligado a expedir un permiso de conducción por escrito a toda persona que vaya a conducir una carretilla elevadora, una grúa puente o una plataforma elevadora.
Si el personal es contratado, la responsabilidad recae tanto en el contratante (por ejemplo, una empresa de trabajo temporal) como en el contratado: ambas partes deben expedir sus propios permisos de conducción.